Los niños y los padres

21 enero 2020

“No podemos pensar que los hijos son propiedad de los padres”, dijo la señora Celáa, de forma campanuda, como suele hablar ella. Y tiene razón. Los niños, seres humanos, no tienen dueño, porque la propiedad tiene una función de uso y disfrute, ya sea directamente, ya mediante su transmisión.

Los niños, como todo ser humano, tienen capacidad jurídica, es decir, la posibilidad de ser titulares de derechos y obligaciones. Cosa diferente es a quien corresponde su protección hasta que alcanzan la mayoría de edad. Salvo excepciones, los hijos son responsabilidad de los padres; una responsabilidad asumida libre y conscientemente desde que los engendran –naturalmente, admitamos excepciones, como no podría ser de otra forma. Y esa responsabilidad libre y voluntariamente asumida implica su cuidado en lo material, en lo personal y en su formación, conforme a su manera de pensar y siempre con respeto a la Ley. Así, el artículo 10.1 de la Constitución proclama que el libre derecho de la personalidad es fundamento del orden público y de la paz social. El 16 garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos. El artículo 27.3 proclama que los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

¿Alguien puede imponer a un niño una formación religiosa o moral que esté en contradicción con las convicciones de los padres? Sería atentar contra la libertad de los padres y contravenir la Constitución.

Obviamente, los padres educarán a sus hijos en el respeto a las leyes y a las personas; cosa diferente a tener que compartir el contenido de determinadas normas, contrarias a sus propias convicciones. Por ejemplo: existe una ley del aborto: respeto la ley, pero no inculcaré a mis hijos que lo pongan en práctica, porque es contrario a mis convicciones. Naturalmente, cuando alcancen la mayoría de edad, tendrán sus propias convicciones, coincidentes o discrepantes con las de quienes los engendraron.

La Declaración de los Derechos del Hombre, artículo 26.3, reconoce el derecho preferente que tienen los padres a escoger el tipo de educación que deba darse a sus hijos.

La Declaración de los Derechos del Niño, principio VI, afirma que el pleno y armonioso desarrollo de la personalidad del niño necesita amor y comprensión. Y, siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres,…, en un ambiente de seguridad moral y material.

Ambas declaraciones contemplan las excepciones relativas a niños abandonados o en el seno de familias sin medios de subsistencia.

Señora Celáa, está muy claro: los padres, al dar vida a sus hijos, asumen voluntaria y conscientemente una responsabilidad, no acceden a un patrimonio, ni se los encomiendan al Estado. Y esa responsabilidad, es decir, asumir las consecuencias de su educación, nace de una obligación antes que de un derecho. @mundiario

Alfonso García

Dedico mi tiempo libre a escribir artículos de opinión en El Correo Gallego y en Mundiario.com, y monografías sobre temas diversos. Actualmente corrijo y amplío mi último libro, “Algunos abuelos de la democracia (Iglesias, Zapatero, Rajoy, Sánchez, Rivera)”, con semblanzas de “otros abuelos” de políticos de hoy, como los de Aznar, Casado, Maíllo y Lastra, entre otros. También actualizo museofinanciero.com, un museo virtual de documentos antiguos relacionados con el sistema financiero español y el ferrocarril. Gracias por tu visita.

Alfonso García López (Madrid, 1942), jubilado como notario y escritor.

Alfonso García

Alfonso García

Dedico mi tiempo libre a escribir artículos de opinión en El Correo Gallego y en Mundiario.com, y monografías sobre temas diversos. Actualmente corrijo y amplío mi último libro, “Algunos abuelos de la democracia (Iglesias, Zapatero, Rajoy, Sánchez, Rivera)”, con semblanzas de “otros abuelos” de políticos de hoy, como los de Aznar, Casado, Maíllo y Lastra, entre otros. También actualizo museofinanciero.com, un museo virtual de documentos antiguos relacionados con el sistema financiero español y el ferrocarril. Gracias por tu visita.

Alfonso García López (Madrid, 1942), jubilado como notario y escritor.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

  • Responsable del tratamiento: Museo Financiero SL
  • Finalidad: Atender y contestar su consulta
  • Legitimación: Consentimiento expreso del interesado
  • Destinatarios: No se ceden datos a terceros
  • Derechos: Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación o supresión, así como otros detallamos en la información adicional sobre Protección de Datos
  • Información adicional: para más información visita nuestra nuestra política de privacidad.

POLÍTICA DE COOKIES

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. Fuera de estas cookies, las cookies que se clasifican según sea necesario se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.

Cookies estrictamente necesarias

Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.

Google Analytics

Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.

Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.