Los bulos ―mentira, engaño, embuste, patraña, infundio―, suelen difundirse por las redes sociales, en muchas ocasiones bajo el amparo del anonimato.
Quienes los crean, lo hacen con el propósito de causar daño a alguien, y se difunden con la colaboración espontánea, negligente e irresponsable de colaboradores imprescindibles que desearían que fuera verdad lo que le cuentan, porque participan de la misma inquina contra la persona o la institución denigrada.
Cuando dañan el honor de las personas o la imagen de instituciones, deberían ser denunciados si el perjudicado considera que puede haber delito. No hacerlo podría interpretarse como quien calla otorga, aunque hay que admitir que la dificultad para conocer al creador de la maldad, dada la complejidad de las redes sociales, podría disuadir al ofendido de presentar demanda judicial.
La opinión, ya sea expresada en tertulias o medios de comunicación, es manifestación de la libertad de expresión amparada por la Constitución. Gustará o no al criticado, pero de ahí a pretender coartar o prohibir hay una gran diferencia.
Los límites de la opinión deberían ser la prudencia, el respeto y el buen gusto de los opinadores; naturalmente, si la opinión se trufa de un bulo, aquella quedaría desvirtuada y podría permitir al agraviado entablar una acción judicial.
Además de bulos y opinión, hay otro concepto estrechamente relacionado con ellos, los indicios: “Cosa que permite conocer o inferir la existencia de otra no percibida.”
Los indicios, difundidos a través de redes sociales, medios de comunicación, conversaciones privadas y tertulias, pueden basarse en meros rumores, copias de documentos originales ―hay que admitir que, en ocasiones, son manipulaciones―, trabajos periodísticos de investigación, filtraciones, que pueden ser anticipos de una verdad.
Un repaso de resoluciones judiciales sobre temas polémicos, ponen de manifiesto que lo que fue indicio ―en muchas ocasiones, basado en investigaciones periodísticas serias― acabó convertido en verdad judicial.
Pretender desautorizar con descalificaciones y sin explicaciones a quienes utilizan y difunden los indicios, resulta poco serio y, al mismo tiempo, poco eficaz. Quien cree que su honor resulta mancillado debería ejercer acciones judiciales enérgicas contra quienes los difunden.
Si no se dan explicaciones ni se recurre a los tribunales contra los que propagan “el fango”, tampoco puede descalificarse al juez que admite una demanda basada en los indicios que se aportan.
El juez Peinado consideró que los indicios podían inducir a la presunción de existencia de delito, sin que ello deba confundirse con convicción de culpabilidad sobre la persona de Begoña Gómez, y admitió las demandas.
Ahora practica las diligencias necesarias para determinar la procedencia o improcedencia de la demanda presentada. Para ello solicita pruebas, convoca a la imputada y a su esposo para que se expliquen y a testigos.
Y lo hace en un ambiente de presión sobre su persona, con falsedades, poniendo en duda su independencia, envío de cartas anónimas, insultos en las redes sociales…
El coro de ministros y cargos del PSOE, siguiendo un guion idéntico, defienden públicamente a la esposa del presidente y denigran al juez Peinado y a la justicia en general.
Más aún, el propio Sánchez, después de decir muy digno en el Congreso de los Diputados tras los cinco días de reflexión “A pesar de todo creo en la justicia de mi país”, ha liderado los ataques al juez instructor.
Explíquense y terminen con esta situación o demanden a quien proceda, por injurias o delito contra el honor.@mundiario
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