Los profesionales actúan sobre la base de sus conocimientos y de principios éticos que, generalmente, juran cumplir cuando acceden al cargo.
Cualquiera de ellos tiene sus propias convicciones en los ámbitos político, social, ideológico… que no tienen por qué influir en sus decisiones y actuaciones profesionales. A nadie se le ocurre pensar que un médico, abogado, notario o ingeniero, asesorará con más o menos solvencia en función de las afinidades o diferencias con el cliente.
Pero esta forma de actuación profesional, que parece tan clara y generalmente aceptada, se pone en duda con más frecuencia de la deseable, cuando atañe al poder judicial. Olvidando que representamos a la justicia mediante una mujer con una balanza en equilibrio, ojos vendados y una espada, expresión de ponderación, igualdad en el trato y poder coercitivo, respectivamente.
¿Por qué esa excepción con los jueces? Porque, con frecuencia, los justiciables y sus respectivos coros aplican “su propia ley”, o interpretación de la ley, con el criterio mezquino y simplista de la ley del embudo.
La realidad es que la balanza se inclina a un lado o a otro en función de la aplicación que el juez hace de la ley, como profesional. Naturalmente, existen excepciones y para eso existen los recursos o las denuncias.
Estos días hemos conocido el contenido de unos guasaps cruzados, sucesivamente, entre Pedro Romero, presidente de la Audiencia Nacional hasta marzo de este año, José Luis Ábalos y Pedro Sánchez:
-15 de agosto de 2020, Pedro Romero a José Luis Ábalos: “¡Buenas tardes, José Luis!! A los efectos que procedan, ¡en la segunda quincena de septiembre se notificará la sentencia absolviendo a Trapero! Mientras tanto, ¡no puede ser público! Fuerte abrazo y ¡descansa!».
-15 de agosto de 2020, José Luis Ábalos reenvía el wasap anterior a Pedro Sánchez.
-15 de agosto de 2020, Sánchez responde a Ábalos: “O.K.”
-20 de octubre de 2020, Ábalos traslada a Sánchez el nuevo mensaje de Romero: “Mañana se notifica el fallo de la Audiencia Nacional sobre Trapero en la línea que ya conocemos».
-Aún hay otra frase: “Para que lo manejéis.”, dice Romero refiriéndose a la información que desvela.
Cualquier ingenuo, como yo, puede sacar algunas sencillas conclusiones de los textos indicados.
-El tono entre Romero y Ábalos es de confianza y cercanía -saludo y despedida-, que permiten suponer una relación fluida entre ambos.
-Romero desvela el contenido absolutorio de una sentencia que conoce, tal vez, por ser el presidente de la Audiencia en la que se juzgó el caso.
-Romero desvela la absolución con el objetivo de que el Gobierno lo utilice: “para que lo manejéis.”
-Los signos de admiración pueden significar sorpresa por la absolución y/o satisfacción.
-Romero es consciente de la excepcionalidad del aviso, al usar los signos de admiración: “¡Mientras tanto ¡no puede ser público “!;nadie mejor que él sabe que podría constituir delito, dependiendo de las circunstancias. Él mismo ha reconocido los hechos.
-Voluntad expresa de Romero de prestar un servicio al Gobierno, pues insiste el del 20 de octubre: “Mañana se notifica el fallo”.
A la vista de este hecho tenemos derecho a preguntarnos: ¿es creíble que Sánchez conociera por el Fiscal General del Estado, las actuaciones contra la pareja de Ayuso?, ¿es creíble que Sánchez ignorara las andanzas de Cerdán y sus colegas, que empezaron en Navarra en 2015, tras su estrecho contacto recorriendo toda España antes de las primarias del PSOE, que tuvieron un coste? Ni es ignorante ni carece colaboradores complacientes. @mundiario


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